Tarjetas revolving: el Supremo protege a los consumidores de intereses abusivos.
los bancos deben informar claramente sobre las 'revolving'.

El Tribunal Supremo, en sus sentencias nº 154/2025 y 155/2025, dictadas el 30 de enero de 2025, ha establecido por primera vez los criterios para declarar abusivas las tarjetas 'revolving' por falta de transparencia. Estas tarjetas permiten a los consumidores disponer de una línea de crédito con pagos mensuales bajos, pero con intereses elevados, lo que puede llevar a una deuda indefinida.
El Supremo subraya que las entidades financieras deben proporcionar información clara y suficiente sobre el funcionamiento de estas tarjetas y sus consecuencias económicas ANTES de la firma del contrato. La falta de transparencia en aspectos como la Tasa Anual Equivalente (TAE), el sistema de amortización y la acumulación de intereses puede causar un desequilibrio significativo para el consumidor. Además, se destaca la necesidad de que los consumidores puedan comparar este producto con otras ofertas disponibles.
Este pronunciamiento del Supremo podría dar lugar a un aumento de reclamaciones judiciales por parte de consumidores afectados, ya que las entidades financieras deberán demostrar que han proporcionado toda la información relevante sobre estos productos. Se estima que los clientes podrían recuperar entre 2.000 y 20.000 euros por cliente, dependiendo de los intereses y comisiones pagados en exceso.
En resumen, el Tribunal Supremo ha establecido que la falta de información clara y completa sobre las características y riesgos de las tarjetas 'revolving' puede considerarse abusiva, permitiendo a los consumidores reclamar la nulidad de estos contratos y la devolución de los intereses y comisiones pagados en exceso
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